STS 348/2026
Exoneración de crédito público ante el Tribunal Supremo
La Ley de Segunda Oportunidad solo permitia cancelar deudas personales, de tarjetas, de bancos y de proveedores, la deuda con Hacienda (AEAT) y la Seguridad Social (TGSS) quedaba casi siempre fuera de esa exoneración.
En febrero de 2026, nuestro despacho consiguió que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre esta cuestión, con la sentencia STS 348/2026, abriendo una vía real de exoneración también para el crédito público en determinados supuestos. Somos, hasta la fecha, el único despacho que ha llevado esta cuestión hasta el Tribunal Supremo en todos los casos y con resultado favorable al deudor.
¿Qué significa esto para ti?
Si tienes deuda con Hacienda o Seguridad Social además de deuda personal o bancaria,
tu caso puede tener más opciones que las que te hayan dicho.